La Plataforma Unitaria Democrática (PUD) rechazó la “persecución judicial” en contra de la abogada María Alejandra Díaz por introducir un recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para exigir que se publiquen los resultados desagregados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
A través de su cuenta en X, la PUD rechazó que se utilicen los recursos del Estado para “perseguir y castigar a quienes acuden a ellas en el legítimo ejercicio del derecho a la justicia”.
“De manera arbitraria por ejercer su profesión, le fue impuesta una multa, así como la suspensión del ejercicio profesional por el solo hecho de exigir la publicación de los resultados electorales del pasado 28J”, expresó la PUD en X.
La organización destacó que la “persecución judicial no cambiará la verdad de lo ocurrido el 28J, por el contrario, deja aún más al descubierto el fraude cometido y la pretensión de violar la soberanía popular”.
Desde la Plataforma Unitaria Democrática rechazamos una vez más el uso de las instituciones del Estado para perseguir y castigar a quienes acuden a ellas en el legítimo ejercicio del derecho a la justicia, tal y como ocurrió el día de hoy en el TSJ en contra de la abogada María…
— Unidad Venezuela (@unidadvenezuela) November 6, 2024
Sanción por exigir que se cumpla la ley
El TSJ rechazó este martes 5 de noviembre un recurso interpuesto por el Frente Democrático Popular (FDP) en el que se pedía al Consejo Nacional Electoral (CNE) publicar los resultados desagregados de las pasadas elecciones presidenciales donde Nicolás Maduro fue declarado como ganador.
En su página web, la Sala Constitucional del máximo tribunal del país declaró como inadmisible la acción de amparo introducida por la coalición del chavismo disidente.
Además de declarar la nulidad del recurso, la Sala Constitucional impuso una multa a la abogada encargada de llevar la acción, María Alejandra Díaz por “cien veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV) por la conducta evidenciada en la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley Orgánica del TSJ”.
Aunado a eso, el TSJ ordenó al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados que de forma “perentoria comience un procedimiento disciplinario contra Díaz con el fin de aplicar la sanción que corresponda, de acuerdo a la gravedad de los presentes hechos”.

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