Ante las recientes declaraciones emitidas por altos funcionarios del gobierno nacional y municipal sobre la retención de vehículos, el abogado José Luis Alcalá Rhode, especialista en Ciencias Penales y Ex Secretario General de Gobierno del estado Zulia , realizó una importante aclaratoria con el objetivo de orientar a los ciudadanos y prevenir posibles abusos de autoridad.
El jurista explicó que la Ley de Transporte Terrestre, en su artículo 181, establece de manera expresa y taxativa cinco causales exclusivas por las cuales un vehículo puede ser legalmente retenido por las autoridades competentes. Fuera de estas circunstancias, cualquier retención carecería de sustento legal.
Las cinco causales legales de retención de vehículos
- Condiciones de inseguridad del vehículo
La primera causal se presenta cuando el vehículo se encuentra en condiciones que comprometen la seguridad vial, tales como fallas graves en el sistema de frenos, en el sistema de luces u otros desperfectos mecánicos que representen un riesgo para el conductor y terceros. - Falta de documentación de propiedad
La segunda causal está relacionada con la ausencia de los documentos que acrediten la propiedad del vehículo. El conductor debe portar el carnet de circulación u otros documentos válidos que demuestren la titularidad del mismo. - Irregularidades en las placas identificadoras
En tercer lugar, la retención procede cuando el vehículo no cuenta con placas identificadoras. En caso de extravío, el conductor debe presentar la denuncia correspondiente ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC). Si se trata de un vehículo nuevo, debe poseer un permiso provisional emitido por el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre. - Vehículos involucrados en accidentes con lesionados o fallecidos
La cuarta causal se configura cuando el vehículo está involucrado en un accidente de tránsito en el que existan personas lesionadas o fallecidas, situación que amerita una investigación penal y administrativa. - Documentos falsos o señales alteradas
Finalmente, el vehículo puede ser retenido cuando los documentos presentados sean falsos o cuando las señales identificadoras del vehículo (como seriales o características) se encuentren alteradas.
Llamado a evitar abusos de autoridad
El doctor Alcalá Rhode enfatizó la importancia de que la ciudadanía conozca estas disposiciones legales, ya que ninguna autoridad puede retener un vehículo fuera de estas cinco causales. Asimismo, hizo un llamado a evitar abusos por parte de funcionarios que, sin cumplir con los supuestos establecidos en la ley, pretendan proceder a la detención de vehículos de manera arbitraria.
Esta aclaratoria busca fortalecer el respeto al Estado de Derecho y garantizar la correcta aplicación de la normativa vigente en materia de tránsito terrestre.
